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Normas utilización y conservación libros de texto

 

De conformidad con los establecido en el artículo 2 de la Orden 27 de abril de 2005, será beneficiario del Programa de Gratuidad de los Libros de Textos para el curso 2016-2017 y 2017-2018 el alumnado matriculado en los centros docentes de Andalucía sostenidos con fondos públicos en los cursos de Educación Primaria, ESO y Formación Profesional Básica.

Asimismo será beneficiario del Programa el alumnado con necesidades educativas especiales que esté matriculado en los cursos del período de Formación Básica de carácter obligatorio a que se refiere el artículo 30 del Decreto 147/2002 de 14 de mayo.

Es obligación del centro y de las familias educar al alumnado para mantener los libros en buen estado para cursos sucesivos. El profesorado supervisará de manera frecuente y periódica el estado y conservación de los libros de textos y dejará constancia de ello por escrito en la supervisión general que se hará en el segundo trimestre en todos los cursos de la ESO con la ayuda de los profesores, tutores y delegados de grupo. Para el buen uso y mantenimiento de los mismos se tendrá en cuenta que es obligatorio forrar todos los libros, escribir el nombre del alumno en la etiqueta de registro y evitar escribir, subrayar, pintar o pegar en ellos.

El extravío o deterioro culpable o malintencionado de los libros de textos supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumno, de reponer el material estropeado o extraviado, que se solicitará mediante una notificación escrita. Si no se repone el material, se abonarán 20 euros por libro completo o 10 euros en caso de cuadernillo.

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